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JUICIOS Y MATERIAS QUE ATENDEMOS

 

  • JUICIOS DE DIVORCIO:

  • Juicios de Divorcio de Mutuo Acuerdo· 

  • Juicios de Divorcio Unilateral o sin acuerdo· 

  • Juicio Divorcio por culpa o sanción· 

  • Juicios de Nulidad de Matrimonio· 

  • Cese de Convivencia, notificación.

  • Gestión preparatoria· 

  • Separación Judicial· 

  • Residencia en el extranjero· 

  • Sentencia extranjera,Exequátur, solicitud.· 

  • Compensación económica,

  • solicitud o defensa.JUICIO DE ALIMENTOS· 

  • Derecho de Alimentos·  Alimentos, aumento, disminución, cese, rebaja.·  Juicios de alimentos, demanda y defensa.· 

  • Rebaja de pensión alimenticia, demanda y defensa·  Aumento de pensión alimenticia, demanda y defensa· 

  • Transacción de alimentos.· 

  • Arresto por incumplimiento pensión alimenticia· 

  • Retención de sueldo·  Arraigo.· 

  • Embargo por pensiones impagas JUICIOS DE VISITAS· 

  • Visitas·  Régimen Comunicacional·  Relación Directa y Regular con el padre· 

  • Juicios de visitas, demanda y defensa.· 

  • Disminución de régimen de visitas, demanda y defensa·  Aumento de régimen de visitas, demanda y defensa·  Transacción de visitas.

  • JUICIOS DE TUICION:·  Tuición·  Cuidado Personal·  Juicios de tuición, demanda y defensa.·  Transacción de tuición.


    OTROS JUICIOS:

    ·  Violencia Intrafamiliar, demanda, defensa.
    ·  Medidas precautorias
    ·  Bien familiar, declaración, demanda.
    ·  Entrega inmediata menor
    ·  Autorización salida del país de menores
    ·  Medida de protección
    ·  Secuestro Internacional de menores
    ·  Paternidad, reconocimiento, impugnación.
    ·  Interdicción por demencia, demanda, defensa.
    ·  Interdicción por disipación, demanda, defensa
    ·  Adopción, demanda.
    ·  Susceptibilidad de adopción.



    ACUERDOS EXTRAJUDICIALES:

    ·  Escrituras públicas
    ·  Testamentos
    ·  Cesión de derechos
    ·  Compraventa inmuebles, propiedades
    ·  Liquidación de Sociedad Conyugal
    ·  Separación de bienes
    ·  Partición de bienes.
    ·  Liquidación comunidad hereditaria
    ·  Capitulaciones Matrimoniales
    ·  Acuerdo regulatorio previo a Divorcio



    CORTE DE APELACIONES:

    ·  Recurso de Amparo en alimentos
    ·  Alegatos en recursos de apelación
    ·  Recurso de Protección



    MEDIACION:

    ·  Asesoria, acuerdos previos para acceder al divorcio.
    ·  Asesoria, acuerdos para pensión alimenticia.

 

Los invito a visitarnos en Facebook, y leer algunos temas del divorcio...!

 

El Divorcio en Venezuela 

El Divorcio se puede definir como "la disolución del vinculo matrimonial que deja a los cónyuges en la posibilidad de contraer otro matrimonio". También puede ser definido "El Divorcio es la ruptura del vínculo conyugal, pronunciado por tribunales, a solicitud de uno de los esposos (Divorcio por causa determinada) o de ambos (Divorcio por mutuo consentimiento) sanción resultante de una acción encaminada a obtener la disolución del matrimonio".

Es decir, que el divorcio es sinónimo de rompimiento absoluto y definitivo del vínculo matrimonial entre los esposos, por la intervención de una autoridad judicial facultada por las leyes.

 

PRIMER PASO (¿QUÉ NECESITA?)

 Para las impulsar las acciones relacionadas con su divorcio, usted requiere ubicar y tener a disposición los siguientes documentos:

  1. Copia certificada de su acta de matrimonio.

  2. Copia certificada de partida de nacimiento de sus hijos menores de 18 años.

 

Si han transcurrido más de cinco años desde su separación de hecho, bastará con que ambos conyugues, acudan personalmente ante un Tribunal acompañados por un Abogado y soliciten mediante escrito de solicitud visado, el divorcio, presentando acta de matrimonio posterior a 5 años de unión matrimonial, y si es el caso partidas de nacimientos de sus hijos mayores de cinco (5) años. En circunstancias normales su divorcio será concedido en un par de meses. El principal requisito es que ambos estén de acuerdo en solicitar el divorcio y que no exista ninguna circunstancia de hecho que demuestre la falsedad de lo que declaran. Este es el trámite más rápido y sencillo de todos, pero la pareja tendrá que acudir personalmente al Tribunal, y es indispensable contar con un abogado. Si la pareja tiene desacuerdos en asuntos relacionados con los bienes o los hijos, no podrán usar este sistema ya que el mismo no fue diseñado para resolver controversias de ningún tipo.

 

c) Demanda de Divorcio.

 

La demanda de divorcio, es proceso legal sustentado mediante la presentación de documento  formal, por ante los tribunales competentes y asistido por un abogado, en el cual uno de los esposos, solicita a un Juez que se abra un juicio para determinar si su esposo o esposa ha cometido una falta grave o es incapaz de vivir en matrimonio.

Las leyes venezolanas sólo lo permiten en siete casos muy específicos:

1. El adulterio.

2. El abandono voluntario.

3. Maltratos u ofensas graves que hagan imposible la vida en común.

4. El intento de uno de los esposos en corromper o prostituir a su esposo o su esposa o a los hijos o la complicidad en tal hecho.

5. Ser condenado por cometer un delito grave.

6. La adicción al alcohol o las drogas, cuando esta situación haga imposible la vida en común.

7. La incapacidad mental de uno de los cónyuges a causa de perturbaciones psiquiátricas graves que hagan imposible la vida en común.

Para este procedimiento debe estar preparado económica y mentalmente, pues asumirá tanto honorarios profesionales, así como, como todos los gastos relacionados con citaciones, notificaciones en el periódico, experticias, traslados de testigos, inspecciones y todo lo que sea necesario para su juicio, y por otra parte es de hacer notar que los juicios en Venezuela suelen durar mucho tiempo, por lo que será muy difícil que su abogado pueda estimar una fecha exacta para la culminación del caso.

 

CON QUIÉN VIVIRÁN LOS HIJOS?

 

Los hijos que tengan siete años o menos, deben permanecer con la madre, excepto el caso en que por razones de salud o de seguridad, resulte inconveniente.
 

 

Cuando una pareja con hijos se separa, debe decidirse con quien vivirán los hijos menores de 18 años. Hablando en términos legales, si sus hijos viven con Usted, se dice que está ejerciendo la custodia de los hijos. La custodia comprende la asistencia material, la vigilancia y la educación de los hijos, así como la facultad de imponerles correcciones adecuadas a su edad. En los casos de divorcio y separación de cuerpos, las leyes establecen que los padres podrán decidir de mutuo acuerdo, cuál de ellos ejercerá la Custodia de los hijos de más de siete años. Los hijos que tengan siete años o menos, deben permanecer con la madre, excepto el caso en que por razones de salud o de seguridad, resulte inconveniente. De no existir acuerdo entre el padre y la madre, un juez determinará con quien vivirán los hijos. En el caso de los hijos de siete años o menos que no puedan vivir con la madre por razones de salud o seguridad, el juez debe decidir si vivirán con el padre o si es aconsejable que vivan con otra familia. Cuando los hijos mayores de 12 años, el padre, la madre o el Ministerio Público lo soliciten, el juez puede revisar y modificar las decisiones en materia de custodia. Si uno de los padres ha sido obligado por un juez a pagar una pensión de alimentos, y se niega a pagarla a pesar de tener el dinero para hacerlo, perderá la posibilidad de que se le conceda la custodia de sus hijos. Para revertir esta sanción deberá cumplir perfectamente con esta obligación por más de un año. 

 

DERECHO Y REGIMEN DE CONVIVENCIA 

El derecho de ver a sus hijos y compartir con ellos, es conocido actualmente como Régimen de convivencia, y antes de la reforma de la LOPNNA, como “derecho de visitas”, y las reglas por las cuales usted podrá ver a sus hijos se conocen como “régimen de convivencia”. Este derecho puede ser ejercido con restricciones razonables, como las obligaciones académicas de sus hijos. También es posible que Usted deba convivir con sus hijos dentro de un horario y en días determinados. En todo caso deberá respetar cuidadosamente las condiciones impuestas para la convivencia en la sentencia de divorcio, o en sentencias posteriores, también deberá respetar las obligaciones académicas de sus hijos, así como los tratamientos médicos que estén cumpliendo, dietas, ejercicios y cualquier clase de cuidado especial.

 

OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN DE LOS HIJOS DESPUÉS DEL DIVORCIO

Ambos padres tienen la misma obligación de mantener a sus hijos. Si luego del divorcio, sus hijos ya no viven con Usted, es su deber correr con la mitad de todos los gastos relacionados con su educación, vestuario, salud, alimentación y recreación. Si usted sufraga exactamente la mitad de los gastos, habrá cumplido con su obligación pero nada le prohíbe tener atenciones adicionales para con sus hijos. La mayoría de las parejas establecen una “pensión alimentaria” y en caso de desacuerdo, incumplimiento o necesidad especial en materia de manutención de los hijos, es posible presentar una demanda para lograr el establecimiento, el pago, o el ajuste de las pensiones. Esta obligación existe hasta que los hijos cumplen 18 años.

 

¿CÓMO SE DISTRIBUYEN LOS BIENES DE LA PAREJA?

  1. BIENES PROPIOS Y BIENES COMUNES

  2. LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, QUE DEBERÁN SER DIVIDIDOS EN PARTES IGUALES EN CASO DE DIVORCIO 
     

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​

 Dra. Raquel Rivera / Luis Montilla

 

 

 

 

Nota: Recuerda llenar, el formulario según el caso

 

 

 

 

 

 

Así de facíl, dale clip al enlace y llena el formulario; luego darle enviar.

 

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                                                                                                                                                                              Valera,trujillo,Venezuela                               

   

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                                   Abog. Raquel Rivera

                                         Luis Montilla

           

                                                                                                                                           (0426) 4785195   /  (0414) 7028372 

                                                                                                            

       

                         Emai:  grupolexonline@gmail.com

                                

                             

 

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